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Protección mediante patente

Resumen Última actualización: Abril 1997

La Ley Española de Patentes establece que no se considerarán invenciones los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de ordenador.
Entendemos que ello constituye una exclusión de los algoritmos como objeto patentable.

En la práctica, los registros de patentes de la mayoría de los paises, admiten el registro de algoritmos cuando éstos se presentan conjuntamente con un elemento físico.

Así, a pesar de que la Oficina de Patentes americana establece expresamente que no son patentables los programas, los algoritmos o cualquier serie de instrucciones que operan en un ordenador, en los últimos diez años ha aceptado el registro de más de 3.000 patentes de software.

El sistema que utilizan las empresas que solicitan la patente de un algoritmo, consiste en describir su contenido junto a otros elementos de hardware. Por ejemplo, la Reina de Inglaterra es propietaria de una patente que contiene un algoritmo que coordina la conversión de las señales de un radar en conjunción con un scanner digital.

La protección de algunos algoritmos por este medio ha generado polémicas como la del algoritmo de compresión LZW que se emplea en los archivos gráficos GIF.
En cualquier caso, la patente impediría la fabricación de equipos que incorporasen los mismos algoritmos, pero éstos, como procesos matemáticos, carecerían de una protección independiente.

Precedente jurisprudencial.

En 1981, un inventor llamado Diehr intentó patentar en Estados Unidos un algoritmo que calculaba el momento en que debía finalizar un proceso de vulcanizado, en función del tiempo transcurrido y de la temperatura alcanzada. En realidad, la patente estaba formada por un molde con un termómetro y un cronómetro que enviaban la información a un microprocesador que calculaba el momento en que debía parar el proceso y abrir el molde.
El registrador rechazó la solicitud de patente alegando que el programa utilizaba la conocida ecuación de Arrhenius.

Finalmente, el Tribunal Supremo declaró que una patente no debía ser rechazada por el sólo hecho de que el mecanismo incorporase un programa con un algoritmo conocido.
La sentencia añadía una declaración muy importante: la patente no impide que otras personas utilicen el algoritmo en otros programas, sólo impide que se utilice para un aparato específico, que sirva para realizar la misma función.

Ello confirma que los algoritmos son elementos no patentables, y cuando forman parte de una patente, los derechos de propiedad industrial protegen la conjunción del elemento físico con el elemento lógico. Pero el algoritmo no queda protegido como proceso matemático independiente.

Es habitual preparar una patente de un algoritmo describiéndolo como una secuencia de operaciones matemáticas y despues añadir como reivindicación varios elementos físicos o procesos que incluirán una interactividad con otros elementos físicos.

Copyright Xavier Ribas