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Declaraciones tributarias por medios telemáticos

Artículo Última actualización: Diciembre 1997

 

El Ministerio de Economía y Hacienda podrá establecer en 1998 los supuestos y condiciones en que las grandes empresas habrán de presentar por medios telemáticos sus declaraciones, declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones o cualquier otro documento exigido por la normativa tributaria.

Asi lo establece la Disposición Final Quinta de la ley de acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado para 1998.

Se entederá por grandes empresas las definidas como tales a los efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.

 


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