Adaptación al Reglamento de Seguridad
| Resumen | Última actualización: 19/05/2000 |
El 26 de marzo del 2000 finalizó el plazo de adaptación al Reglamento de Seguridad de la LORTAD para las empresas con datos de nivel básico, es decir, relativos a empleados, clientes, clientes potenciales y proveedores. El 26 de junio del 2001 finaliza el plazo de adaptación para los ficheros de nivel alto, relativos a salud, ideología política y religiosa, etc.
La comprobación del nivel de adecuación a las medidas de seguridad que exige el Reglamento puede realizarse de dos maneras diferentes:
1. Auditoría interna
2. Auditoría externa
Las secciones de la página web arelacionadas con el
Reglamento de Seguridad, son las siguientes:
- Servicio de auditoría relativo al Reglamento de seguridad de la LORTAD
http://www.onnet.es/03002011.htm
- Auditoría LORTAD 99 on line
http://www.onnet.es/03002014.htm
- Contenido de la auditoría LORTAD 99
http://www.onnet.es/03002012.htm
- Formulario de solicitud de propuesta económica
http://www.onnet.es/03002013.htm
- Paquete de checklist y formularios de autodiagnóstico y adaptación
http://www.onnet.es/03002015.htm
- Resumen del Reglamento de seguridad de la LORTAD
http://www.onnet.es/03002010.htm